¿Cómo se controla la pirotecnia en los eventos deportivos? El debate que vuelve a instalarse en Arroyo Seco

La utilización de pirotecnia durante los festejos por el campeonato obtenido por Unión volvió a poner bajo la lupa la aplicación de la Ordenanza N.º 2893/20, que declaró a Arroyo Seco “Territorio Libre de Pirotecnia”. El debate ya había surgido durante los festejos por el triunfo de Argentina frente a Inglaterra y ahora vuelve a plantearse a partir de la consagración del club local. En este contexto, la concejala Milagros Serra presentó un pedido de informes para conocer qué medidas preventivas y de fiscalización implementó el Municipio, mientras que para el clásico entre Unión y Athletic se dispusieron nuevos controles y sanciones frente al uso de pirotecnia y eventuales incidentes.

El debate sobre el cumplimiento de la ordenanza de pirotecnia cero volvió a instalarse en Arroyo Seco a partir de los festejos por la obtención del campeonato de la Liga Regional del Sud por parte de Unión. En ese contexto, la concejala Milagros Serra presentó una Minuta de Comunicación mediante la cual solicita al Departamento Ejecutivo Municipal información detallada sobre el operativo de prevención y seguridad implementado durante la celebración y, particularmente, sobre las medidas adoptadas para evitar el uso de pirotecnia. El planteo toma como punto de partida la observación de una utilización importante de estos elementos durante los festejos y busca determinar si existió una planificación previa para hacer cumplir la normativa vigente. La discusión vuelve así a poner en primer plano una tensión que ya había aparecido en otras celebraciones deportivas: cómo compatibilizar los festejos multitudinarios con una ordenanza que prohíbe expresamente el uso de pirotecnia en todo el distrito.

La Ordenanza N.º 2893/20 establece que Arroyo Seco es un “Territorio Libre de Pirotecnia” y prohíbe el uso, comercialización, fabricación, depósito, circulación, transporte y venta de todo artificio de pirotecnia y cohetería. La norma no se limita a formular una declaración de principios, sino que contempla un régimen específico de sanciones para quienes incumplan sus disposiciones. En el caso de las personas físicas, el artículo 6 establece una multa equivalente a 50 Unidades Fijas y faculta a la autoridad municipal de aplicación a solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando resulte necesario para garantizar el cumplimiento. Además, el artículo 7 contempla específicamente las infracciones que se produzcan en espectáculos públicos o deportivos, estableciendo responsabilidades cuando no sea posible identificar a quienes hayan cometido la infracción.

El antecedente más reciente que reavivó la discusión estuvo relacionado con los festejos deportivos desarrollados en la ciudad tras la consagración de Unión como campeón del Torneo Apertura de la Liga Regional del Sud. Según consta en el pedido de informes presentado, durante esas celebraciones “se pudo observar y escuchar una importante utilización de pirotecnia”. La concejala sostiene que la obtención del campeonato no constituía un acontecimiento completamente imprevisible, ya que el equipo había alcanzado las instancias definitorias y la posibilidad de una celebración masiva había sido informada previamente por los medios locales. Desde esa perspectiva, el planteo no apunta solamente a determinar qué ocurrió durante los festejos, sino también a conocer si el Municipio había previsto con anticipación un dispositivo específico para una situación que podía ser razonablemente anticipada.

La discusión, sin embargo, no comenzó con la consagración de Unión. Un antecedente anterior se produjo durante los festejos por el triunfo de la Selección Argentina frente a Inglaterra, cuando también se registró el uso de pirotecnia en distintos sectores de la ciudad y volvió a plantearse la contradicción entre las celebraciones deportivas y la vigencia de la ordenanza. Aquella situación dejó planteado un interrogante que ahora reaparece con mayor fuerza: si el uso de pirotecnia es una conducta expresamente prohibida, ¿qué mecanismos debe implementar el Estado municipal cuando existen celebraciones masivas en las que resulta previsible que pueda producirse su utilización? El pedido de informes busca precisamente conocer cómo respondió el Ejecutivo ante esa situación y si los dispositivos de prevención contemplaron la aplicación de la normativa específica. En los fundamentos, la concejala sostiene que el cumplimiento de una ordenanza depende no solamente de su existencia, sino también de la decisión y capacidad estatal para fiscalizarla y aplicar las sanciones previstas.

El foco puesto en la prevención y el control

Uno de los principales ejes del pedido de informes es determinar si el Municipio había diseñado un operativo específico para los festejos por el campeonato. Serra solicita conocer si existió un plan preventivo de seguridad, qué áreas municipales participaron, cuáles fueron las tareas asignadas y con cuánta anticipación se diagramó el dispositivo. Pero además incorpora preguntas concretas sobre el control de la pirotecnia, buscando establecer si los agentes municipales recibieron instrucciones expresas para intervenir ante su utilización y dar intervención a las autoridades competentes para aplicar las sanciones correspondientes. También solicita información sobre posibles controles preventivos de comercialización, tenencia y utilización de pirotecnia en los sectores donde se esperaba una mayor concentración de personas.

La concejala también pretende conocer si durante los festejos se labraron actas, se realizaron decomisos o se aplicaron multas por infracciones a la Ordenanza 2893/20. En caso de que haya existido algún tipo de actuación, el Ejecutivo deberá informar la cantidad de infracciones constatadas, los elementos decomisados y las sanciones aplicadas. Pero el pedido contempla también el escenario inverso: si no se realizaron actas ni se aplicaron sanciones, Serra solicita que se expliquen los motivos por los cuales no se procedió de acuerdo con el régimen sancionatorio vigente. De esta manera, el planteo busca obtener información tanto sobre las acciones realizadas como sobre una eventual ausencia de intervención municipal frente a una conducta que la normativa prohíbe expresamente.

El pedido también pone la lupa sobre la coordinación previa entre el Municipio y otros actores que podían intervenir en una celebración de estas características. Serra pregunta si existió coordinación con la institución deportiva involucrada, las fuerzas de seguridad, los servicios de emergencia y otros organismos competentes, teniendo en cuenta que la posibilidad de una celebración multitudinaria podía ser anticipada. Además, solicita saber si existió un protocolo o plan de contingencia municipal específico para el caso de que Unión obtuviera el campeonato y se produjera una concentración masiva en espacios públicos. En caso de existir esa planificación, la concejala pide que se remita una copia al Concejo Municipal para que pueda ser analizada.

Del festejo deportivo al próximo clásico de la ciudad

El debate adquiere una nueva dimensión porque, tras estos antecedentes, el clásico entre Unión y Athletic será acompañado por un dispositivo de seguridad específico que incluyó nuevas restricciones para las parcialidades. En la reunión entre representantes de ambos clubes, la Liga Regional del Sud y las áreas de Seguridad y Deportes se acordó que solamente Unión, en su condición de local, pudiera ingresar bombas de humo al estadio para el recibimiento de su equipo, mientras que quedó prohibido el ingreso y utilización de pirotecnia tanto dentro como fuera del estadio para ambas hinchadas.

El operativo previsto para el clásico también incorporó un régimen de sanciones frente a hechos de violencia, con la posibilidad de que el club cuya parcialidad protagonice incidentes quede impedido durante seis meses de llevar público en condición de visitante. La decisión fue presentada como una medida destinada a prevenir conflictos y garantizar que el encuentro pueda desarrollarse bajo condiciones de seguridad para jugadores, hinchas, trabajadores y efectivos policiales. En ese contexto, la prohibición de pirotecnia aparece como parte de un dispositivo más amplio de prevención y control en torno al espectáculo deportivo. La experiencia del clásico muestra, de esta manera, que las celebraciones deportivas pueden ser abordadas mediante dispositivos específicos que contemplen anticipadamente tanto cuestiones de seguridad como el cumplimiento de las normas municipales.

La diferencia entre ambos escenarios constituye uno de los elementos que vuelve relevante el pedido presentado por Serra. Mientras los festejos por la obtención del campeonato fueron una celebración masiva que, según el documento, podía ser prevista con anterioridad, el clásico Unión-Athletic contó con una reunión específica entre clubes, Liga y áreas municipales para definir condiciones de seguridad, restricciones y sanciones. La concejala busca conocer ahora qué planificación existió para el festejo del campeonato y, fundamentalmente, si la prohibición de pirotecnia formó parte de ese esquema. El objetivo declarado en la minuta es que la experiencia sirva también para definir medidas preventivas frente a futuras celebraciones deportivas o concentraciones masivas.

Una ordenanza que vuelve a quedar bajo la lupa

Más allá del episodio puntual, el planteo vuelve a poner en discusión la efectividad de la política de pirotecnia cero en Arroyo Seco. La ordenanza vigente establece una prohibición amplia y contempla sanciones específicas, incluso cuando las infracciones se producen en espectáculos públicos o deportivos. El problema que plantea la concejala es cómo garantizar que esa prohibición se traduzca en controles efectivos cuando la utilización de pirotecnia ocurre en medio de concentraciones multitudinarias y celebraciones espontáneas. La discusión, por lo tanto, ya no se limita a determinar si hubo personas que utilizaron elementos prohibidos, sino que incorpora la responsabilidad del Estado municipal en materia de prevención, fiscalización y sanción.

La propia minuta recuerda que la prohibición de la pirotecnia fue fundamentada originalmente en los perjuicios que estos elementos pueden generar sobre la salud pública, las personas con hipersensibilidad auditiva, adultos mayores y animales, además de los riesgos asociados a incendios, quemaduras y lesiones. Por eso, el pedido de informes sostiene que frente a un acontecimiento deportivo con una posibilidad cierta de convocatoria masiva correspondía adoptar medidas anticipadas para proteger tanto a quienes participaban de los festejos como a los vecinos que pudieran verse afectados. Serra solicita además conocer si el Ejecutivo realizó posteriormente una evaluación del operativo y cuáles fueron las conclusiones obtenidas.

El pedido presentado en el Concejo incorpora finalmente una pregunta que apunta directamente al futuro: si el Departamento Ejecutivo considera suficiente limitar la intervención municipal al ordenamiento y corte del tránsito durante este tipo de acontecimientos o si cuenta con protocolos destinados a abordar integralmente las concentraciones masivas y las posibles infracciones a las normas municipales. También solicita que se informe qué medidas preventivas se prevén implementar en futuras celebraciones deportivas. El objetivo es que la experiencia de los festejos recientes permita ajustar los mecanismos de control y evitar que la existencia de una norma de pirotecnia cero quede reducida a una prohibición formal sin capacidad efectiva de aplicación.

La discusión sobre la pirotecnia en los festejos deportivos, así, vuelve a ocupar un lugar en la agenda política de Arroyo Seco. El triunfo de Argentina frente a Inglaterra había expuesto anteriormente las dificultades para hacer cumplir la normativa en un contexto de celebración masiva, y la consagración de Unión como campeón de la Liga Regional del Sud volvió a poner el tema en escena. Ahora, el pedido de informes de Milagros Serra busca determinar qué hizo el Municipio, qué controles se implementaron y qué sanciones se aplicaron, pero también abre una discusión más profunda sobre cómo deben prepararse las autoridades ante acontecimientos deportivos previsibles. Mientras tanto, el operativo definido para el clásico Unión-Athletic muestra que el debate ya derivó en la implementación de medidas más específicas de control, con prohibición de pirotecnia y un esquema de sanciones ante eventuales incidentes.