Los concejales Damián Salinas y Julián Polinesi presentaron una ordenanza que propone declarar la autonomía municipal y convocar a una Convención Estatuyente para redactar la primera Carta Orgánica de la ciudad. La iniciativa se inscribe en el nuevo escenario abierto por la reforma constitucional de Santa Fe y podría convertirse en el primer paso de un proceso que también interpela a Pueblo Esther, Alvear y Villa Gobernador Gálvez.
Arroyo Seco dio este martes un paso formal para comenzar a ejercer una de las principales herramientas que habilita la nueva Constitución de Santa Fe: la posibilidad de dictar su propia Carta Orgánica y definir, a través de una Convención Estatuyente, las reglas que organizarán institucionalmente a la ciudad.
La propuesta ingresó al Concejo Municipal mediante un proyecto de ordenanza que declara la autonomía de Arroyo Seco y plantea convocar a una Convención Municipal Estatuyente. La iniciativa toma como punto de partida el nuevo régimen constitucional santafesino, que reconoce la autonomía municipal en sus dimensiones institucional, política, administrativa, económica y financiera.
El dato poblacional resulta determinante: de acuerdo con el Censo Nacional 2022 citado en el proyecto, Arroyo Seco cuenta con 24.513 habitantes, por lo que supera ampliamente el piso de 10.000 habitantes establecido por la nueva Constitución para que los municipios puedan dictar su propia Carta Orgánica.
La cuestión excede, por lo tanto, una discusión estrictamente local. La reforma constitucional provincial abrió una nueva etapa para los municipios santafesinos y colocó a las ciudades que superan ese umbral poblacional frente a una decisión política: avanzar en la construcción de una institucionalidad propia mediante una Carta Orgánica o continuar funcionando bajo el régimen general establecido por la legislación provincial.
Qué significa la autonomía municipal
La autonomía no implica solamente cambiar normas o modificar la estructura del Concejo. El nuevo esquema constitucional reconoce distintas dimensiones del autogobierno municipal.
La autonomía institucional permite a las ciudades que cumplan los requisitos dictar su propia Carta Orgánica y establecer allí la organización de sus poderes. La autonomía política refiere a la elección directa de las autoridades locales; la administrativa, a la capacidad de organizar servicios y competencias propias; y la económica y financiera, a la administración de recursos, presupuesto y tributos municipales.
La Carta Orgánica funcionaría, en ese sentido, como una suerte de constitución local: debería establecer las reglas básicas del gobierno municipal, los derechos y deberes de los vecinos y los mecanismos de participación y control ciudadano.
La nueva Constitución santafesina establece que los municipios de más de 10.000 habitantes pueden dictar sus propias cartas orgánicas. También garantiza la autonomía municipal en los órdenes institucional, político, administrativo, económico y financiero.
Una Convención Estatuyente que se elegiría en 2027
El proyecto presentado en Arroyo Seco no se limita a declarar la autonomía. Propone avanzar concretamente hacia la redacción de la Carta Orgánica mediante una Convención Municipal Estatuyente.
La iniciativa establece que los convencionales tengan un número equivalente al de los concejales actuales y que sean elegidos directamente por los vecinos mediante un sistema de representación proporcional. La elección debería realizarse conjuntamente con los comicios provinciales y municipales de 2027.
Antes de esa elección, el proyecto plantea generar instancias de participación ciudadana y debate público. La Convención tendría como único objetivo redactar y sancionar la Carta Orgánica y finalizaría su tarea una vez cumplido ese cometido.
El texto propone además que la Convención trabaje sobre cuestiones centrales para el futuro institucional de Arroyo Seco: estructura del gobierno local, organización de la administración pública, derechos y garantías, municipalización de competencias y servicios, mecanismos de democracia directa, régimen financiero y tributario, resolución de conflictos, ética pública, órganos de control y uso del suelo.
Los convencionales no recibirían remuneración y tendrían un plazo de 60 días para elaborar la Carta Orgánica, con posibilidad de una prórroga de otros 60 días.
El nuevo escenario también alcanza a otras ciudades de la región
La decisión de Arroyo Seco adquiere una dimensión regional porque la reforma constitucional modificó las reglas de juego para numerosas ciudades santafesinas.
El nuevo régimen no obliga automáticamente a todas las localidades a redactar una Carta Orgánica: establece la posibilidad para los municipios que superan los 10.000 habitantes. La nueva Ley Orgánica de Municipios N.º 14.436, sancionada en abril de 2026, se incorporó al nuevo esquema institucional provincial.
En el corredor sur santafesino, el proceso abre interrogantes sobre qué harán otras ciudades que reúnen las condiciones para avanzar hacia una autonomía institucional más amplia. Pueblo Esther, Alvear y Villa Gobernador Gálvez quedan también dentro de un escenario que, a partir de ahora, obliga a discutir si impulsarán sus propias cartas orgánicas y de qué manera pretenden hacerlo.
En ese sentido, lo que comenzó a discutirse en Arroyo Seco puede terminar funcionando como un caso testigo para otras ciudades de la región: no sólo por la posibilidad de contar con una Carta Orgánica propia, sino por el debate político que supone definir qué competencias, mecanismos de participación, controles, derechos y reglas de funcionamiento debería tener cada municipio.
Una oportunidad para redefinir el gobierno local
La discusión sobre autonomía también puede trasladarse a cuestiones concretas de la vida cotidiana. El proyecto sostiene que una Carta Orgánica permitiría establecer reglas propias sobre la organización administrativa, los servicios públicos, la planificación urbana, el ordenamiento territorial y los mecanismos de participación ciudadana.
También incorpora la posibilidad de establecer normas locales vinculadas con ética pública, anticorrupción, concursos para el ingreso al Estado, órganos de control y mecanismos de democracia directa.
Por eso, la discusión que comienza ahora no se reduce a una cuestión de competencias entre Santa Fe y Arroyo Seco. La pregunta de fondo será qué modelo de ciudad quiere construir Arroyo Seco y cuánto poder de decisión pretende ejercer sobre sus propias instituciones y políticas públicas.
Salinas y Polinesi impulsaron la iniciativa
El proyecto de ordenanza fue presentado por los concejales Damián Gabriel Salinas y Julián Andrés Polinesi, integrantes del Bloque Justicialista. El texto también lleva la firma del concejal José Luis Murina.
La propuesta deberá ahora atravesar el debate legislativo local antes de definir si Arroyo Seco formaliza el camino hacia la Convención Estatuyente. Si el proceso avanza, la ciudad podría llegar a las elecciones de 2027 no sólo para elegir intendente y concejales, sino también para poner en consideración de sus vecinos quiénes serán los representantes encargados de redactar las nuevas reglas institucionales de la ciudad.
El movimiento iniciado en Arroyo Seco abre, además, una discusión que excede sus límites territoriales: qué ciudades del sur santafesino aprovecharán el nuevo escenario constitucional para darse una institucionalidad propia y cuáles preferirán continuar bajo el régimen general provincial.




